CATRIEL | Después de tantas idas y vueltas, con o sin PASO, en septiembre u octubre, finalmente se llama a elecciones municipales el 3 de Mayo adhiriendo a la convocatoria de provincia que asume los costos del servicio electoral, esto implica una sustancial reducción de ellos para los municipios.
La Municipalidad de Catriel informa sobre la Resolución Ejecutiva n° 345/2015, que convoca a Elecciones Municipales el día 3 de mayo del 2015
Catriel, 27 de Enero de 2.015.-
VISTO:
El decreto N°13/15 del Poder Ejecutivo Provincial, la Ley Electoral O N° 2431, la Constitución Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto, el Gobierno de la Provincia de Rio Negro ofrece a los Municipios la prestación del servicio electoral a cargo del erario público Provincial para el día 3 de Mayo de 2015.-
Que es voluntad del Poder Ejecutivo de la Municipalidad de Catriel adherir a la convocatoria, dado que implica una sustancial reducción de costos económicos para la Municipalidad de Catriel.-
Que por las razones expresadas es conveniente convocar al pueblo de Catriel para que el 3 de Mayo de 2015, proceda a elegir los miembros del Gobierno Municipal, según lo establecen las normas pertinentes de la Constitución Municipal y el Código Provincial Electoral y de Partidos Políticos.-
Que el Articulo 140 de la Ley O 2431, faculta al P.E.M a efectuar dicha convocatoria.
“ART 140°: Ámbitos de la Convocatoria. La convocatoria a toda elección será en el ámbito provincial y comunal por el Poder Ejecutivo Provincial y por el Poder Ejecutivo Municipal en el ámbito municipal. Se efectuará con un plazo mínimo de Noventa (90) y un máximo de de ciento veinte (120) días de anticipación al acto eleccionario y expresará:
a.- Fecha de la elección.-
b.- clase de cargos, número de vacantes y periodo por el que se elige.-
c.- Numero de Candidatos por el que puede votar el elector.-
d.- Indicación del sistema electoral aplicable.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE CATRIEL
en ejercicio de sus facultades
resuelve
ARTÍCULO 1°: Convocar al pueblo de Catriel para que el día 3 de Mayo de 2015 proceda a elegir:
1.- Un (1) ciudadano para el cargo de Intendente Municipal.-
2.- Nueve (9) ciudadanos en calidad de miembros titulares y nueve (9) ciudadanos en calidad de miembros suplentes para integrar la Legislatura Municipal.-
3.- Tres (3) ciudadanos en calidad de miembros titulares y tres (3) ciudadanos en calidad de miembros suplentes para integrar el Tribunal de Cuentes.-
ARTÍCULO 2°: Los ciudadanos que resulten electos para ocupar los cargos mencionados en el ARTÍCULO 1° los mismos durarán cuatro (4) años a contar desde el 10 de Diciembre de 2015.-
ARTÍCULO 3°: Para la elección del INTENDENTE será de aplicación el sistema previsto en el Capítulo III de la Ley O 2431, Artículo 131° y el Artículo 256° de la Constitución Municipal y concordantes.-
ARTÍCULO 4°: Para la elección de los miembros de la Legislatura Municipal y Tribunal de Cuentas será de aplicación el sistema previsto en el Capítulo III de la Ley O 2431, Artículo 132°, 133° y concordantes.-
ARTÍCULO 5°: Lo establecido en el presente tendrá efecto a partir de la firma del mismo.-
ARTÍCULO 6°: Registrar, tomar razón, comunicar al Poder Ejecutivo Provincial, al Presidente de la Legislatura Municipal, al Presidente del Tribunal Electoral Provincial y a la Junta Electoral Municipal, Publicar en el Boletín Oficial y dar amplia difusión por la dirección de Prensa y áreas que correspondan a sus efectos, cumplido archivar.-
Resolución N°: 345/2015.-