El intendente de 25 de Mayo, David Bravo, apeló -tal como se preveía- la decisión del Tribunal de Impugnación Penal, que dejó firme su condena por el delito de abuso de poder.
“En mi estado procesal, por la causa que está pendiente en la Justicia provincial, hemos presentado un recurso de casación que va a ir al Superior Tribunal de Justicia… Para que la gente lo entienda, va a quedar firme cuando lo crea el máximo tribunal (Corte de Justicia de la Nación)”, dijo el jefe comunal después de un acto de sorteo de viviendas en el que participó.
Bravo quedó en una situación política más complicada a partir de que el Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena. Quedó acusado de abuso de poder a raíz de que habilitó el funcionamiento de un prostíbulo. Cuando esa sentencia quede firme -al jefe comunal le queda la posibilidad de acudir a la Corte Suprema de Justicia- deberá dejar el cargo.
En nombre del TIP firmaron el fallo Verónica Fantini y Pablo Balaguer, quienes ratificaron la decisión del Juzgado de Instrucción y Correccional 6, a cargo de Néstor Daniel Ralli, que condenó a Bravo el 12 de marzo del año pasado. El planteo en nombre de Bravo lo hicieron los abogados que lo representan, Armando Agüero y Gastón Gómez.
El magistrado le aplicó una pena de 7 meses de prisión en suspenso y 14 meses de inhabilitación (tal como había pedido la fiscala Cecilia Martiní) y consideró el accionar de Bravo especialmente grave por su condición de abogado y de intendente, y por el hecho de que su accionar permitió que en el cabaré “El Rancho” se concretara posteriormente el delito de trata de personas. “Esa conducta de Bravo, habilitando el cabaré ’El Rancho’, a sabiendas de que no reunía los requisitos mínimos exigibles legalmente, circunstancia que surgía palmariamente del mismo expediente, exterioriza que no se trató de una mera falta de cuidado, sino que obró con conocimiento y voluntad al momento de firmar. Ello configura el accionar doloso que la figura requiere”, señaló el juez.
La sentencia redondeó: “Emitió una resolución contraria a la legislación vigente, ello en ejercicio de la autoridad que corresponde a su función, es decir que tomó una decisión que constituyó una resolución ejecutiva con carácter formal, consumándose el ilícito en el mismo instante de su dictado (…) el acusado afectó directamente el funcionamiento de la administración pública y ello significó una afectación indebida en la sociedad en su conjunto que ha confiado en el mandatario la preservación del orden institucional”. Conocida la condena, Bravo dijo: “Yo respeto a los jueces y a la Justicia, pero el mamarracho judicial que han hecho la doctora Martiní y el doctor Ralli es una barbaridad jurídica”.