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Confirman condena de 15 años a Suzze por el asesinato de Erxilapé en Catriel

Confirman condena de 15 años a Suzze por el asesinato de Erxilapé en CatrielCATRIEL | El Superior Tribunal de Justicia no agravó ni redujo la condena que la Cámara Criminal Segunda de Cipolletti le había impuesto el año pasado a Nelson Francisco Suzze por el asesinato de su amigo Denis Matías Erxilapé, en Catriel.

Los jueces del STJ rechazaron las casaciones de fiscalía, querella y defensa y confirmaron la sentencia que había condenado a Suzze a 15 años de prisión por el «homicidio simple agravado por el empleo de arma de fuego» que ocurrió en la madrugada del 17 de junio de 2013 a la vera de un camino rural próximo a la Ruta 151, donde la víctima había ido a practicar tiro al blanco, invitada por su amigo de toda la vida.

Aquella noche Erxilapé terminó asesinado de un tiro en la nuca. Cuando las sospechas recayeron en su amigo, Suzze aseguró que fue un accidente, aunque luego cambió la versión por la de un «homicidio cometido por un tercero al mejor estilo mafioso».

La acusación original sostenía que Suzze lo mató por la espalda, mientras la víctima acomodaba una botella que iban a usar como blanco para la práctica de tiro con un revólver calibre 22. Por eso la fiscalía y la querella habían reclamado en el juicio una condena de prisión perpetua, afirmando que el asesinato fue a traición, gravado «por alevosía».

Pero el tribunal cipoleño no encontró probada la agravante y en el fallo sostuvo que sólo había «certezas» sobre la autoría de Suzze pero no sobre las «la secuencia histórica y del modo» en que ocurrió el crimen. «Los indicios no son unívocos, no hay precisión. (…) No conocemos tampoco la razón por la que lo mató; pudo haber una discusión en el momento, algo que molestó a uno y la reacción desmedida, pero lo cierto es que el disparo ocurrió y su acción posterior terminó por delatarlo», sostuvo la Cámara, y ese razonamiento fue avalado ahora por el Superior Tribunal de Justicia.

Los jueces del máximo tribunal tampoco dieron curso al planteo de la defensa, que solicitó en la casación la reducción de la condena y el cambio de la calificación a la figura de homicidio «culposo», es decir, no intencional. «Quedó al desnudo que no hubo accidente», sostuvo la cámara de Cipolletti y convalidó el STJ en su sentencia, que lleva los votos coincidentes de los jueces Sergio Barotto, Liliana Piccinini y Enrique Mansilla.

 

Fuente: Diario Río Negro

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