Es la condena a siete meses de prisión y 14 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y podría complicarle, de ganar nuevamente, su tercer mandato al frente de la Municipalidad de 25 de Mayo.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la condena al intendente de 25 de Mayo, David Bravo, de siete meses de prisión y 14 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de «abuso de autoridad» por la habilitación irregular de un cabaré donde se registraron casos de trata de personas. Ahora, al abogado del jefe comunal le quedaría recurrir a la Corte Suprema de Justicia, algo que seguramente hará. De quedar firme la sentencia, Bravo, que aspira a un tercer mandato al frente de la localidad esta vez por el PJ, tendría problemas de volver a ganar las elecciones.
El STJ con las firmas de Hugo Oscar Díaz y Víctor Luis Menéndez, integrantes de la sala B, fallaron en contra del recurso de casación a favor de Bravo presentado luego de que el 1 de julio del año pasado el Tribunal de Impugnación Penal (TIP) ratificara la condena. El caso estuvo nueve meses en manos del máximo tribunal.
El 12 de marzo de 2013 Bravo fue condenado por el juez Néstor Daniel Ralli, titular del Juzgado de Instrucción y Correccional 6, al declarar culpable al jefe comunal de haber violado el artículo 248, primer supuesto, del Código Penal. Fue por haber firmado en 2008 la resolución 340 que permitió de manera irregular la apertura del cabaré «El Rancho», donde se registraron casos de trata de personas, pese a que no se encontraba en condiciones de ser habilitado.
Díaz y Menéndez le dieron la razón a los considerandos de los jueces del TIP, Verónica Fantini y Pablo Balaguer, que habían rechazo el recurso del abogado del jefe comunal.
En el fallo, firmado el 2 de abril, los ministros del superior tribunal indicaron que «la defensa de David Bravo sostiene que existió desconocimiento por parte de los órganos judiciales acerca de la organización, funciones y competencias de la Administración Pública, específicamente, en relación al rol y responsabilidades de los secretarios municipales. Una lectura simple, tanto de la sentencia condenatoria como del pronunciamiento revisor, despeja cualquier posibilidad de duda referida a aquella afirmación. En ese sentido la ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento 1597 en su Sección Tercera, capítulo II, define claramente la competencia de los secretarios, funcionarios y auxiliares del Departamento Ejecutivo, que para el caso de los primeros, será la de refrendar con su firma los actos del Departamento Ejecutivo. Ahora bien, la habilitación comercial, como acto administrativo, fue dispuesta por el titular del Ejecutivo, y refrendada por los secretarios en el ejercicio de su competencia normativa, es decir que la decisión de conceder el acto es de la exclusiva decisión del intendente».
Causas pendientes.
Esta semana el intendente David Bravo tuvo su segundo revés en pocos días al conocer la ratificación de la condena por «abuso de autoridad» por el STJ. El martes se conoció que el jefe comunal será formalizado en una nueva causa en la que está imputado por el vaciamiento y otras irregularidades -como la «privatización» de fondos- cometidas en la Cooperativa Regional de Provisión de Servicios Públicos y Sociales del Oeste Pampeano Limitada (Coospu) de esa localidad. La Oficina Judicial de General Acha había fijado fecha para la formalización de la acusación a Bravo para el 31 de marzo de 2015, pero el jefe comunal no asistió. Por ese motivo, se fijó una nueva para el 16 de abril, a la que deberá concurrir para no quedar en rebeldía frente al tribunal.
No es la única causa que tiene pendiente. El año pasado fue imputado además, junto a otras doce personas -entre ellas dos comisarios-, en la Justicia Federal por el supuesto delito de trata de personas con fines de explotación sexual, también por habilitar irregularmente un negocio nocturno en el que se ejercía la prostitución.
También, junto a otras siete personas, está imputado en los tribunales de General Acha vinculado a la causa por el cobro de más de mil cheques pagados en forma irregular por la municipalidad local por 900.000 pesos.