La Cámara de Diputados de esa provincia aprobó ayer, de manera unánime, la adhesión a la Ley Nacional de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas. Durante la sesión no faltaron discusiones ni cuestionamientos a determinados accionares de los funcionarios. La diputada Sandra Fonseca aludió especialmente al intendente de 25 de Mayo, David Bravo, condenado por abuso de poder a raíz de que habilitó el funcionamiento de un prostíbulo y procesado en otra causa que involucra la trata de personas.
Fonseca de Tierno reveló que hay “funcionarios machistas que necesitan que les abran un poco la cabeza”.
Durante el debate, la diputada Mariana Baudino (PJ) sostuvo que “la Ley 26.364 no solo define los conceptos de trata de un modo amplio, sino que presta especial atención a las víctimas, otorga garantías mínimas para el ejercicio de sus derechos, entre los que menciona el derecho a asistencia psicológica y médica gratuita, alojamiento y alimentación, capacitación laboral, protección frente a posibles represalias, prestar testimonio en condiciones especiales, entre otros; realiza varias modificaciones al Código Penal, en las que incorpora la tipificación de estos delitos”.
Además, crea el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, que funciona dentro de la Jefatura de Gabinete de Ministros y se integra por representantes de los tres poderes del Estado Nacional, de cada una de las provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de organizaciones no gubernamentales.
También crea un Comité Ejecutivo integrado por representantes de los Ministerios de Seguridad, de Justicia y Derechos Humanos, de Desarrollo Social y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Es el encargado de la ejecución del programa nacional y entre sus principales funciones se menciona la de diseñar protocolos de actuación, asegurar a las víctimas el pleno ejercicio de sus derechos, llevar adelante un Registro Nacional de Datos vinculados con los delitos de trata y explotación de personas y coordinar con las provincias la implementación del Sistema Sincronizado de Denuncias, que resulta de gran importancia ya que asigna el número telefónico 145 en todo el territorio nacional a fin de receptar denuncias. Las llamadas recibidas serán archivadas en el Ministerio Público Fiscal por un plazo no menor a diez años.
Por su parte, la diputada radical Lidia Duperou llamó “a diseñar programas y crear los organismos que lleven a la práctica el espíritu de esta ley” e instó a “seguir trabajando en proyectos de ley que contemplen las particularidades que necesita La Pampa”.
La diputada Sandra Fonseca recordó su proyecto de ley de creación de un programa provincial y se preguntó: “¿Qué política pública, qué funcionario, con qué recurso se va a ocupar de una víctima que sea rescatada?”.
Ley de Talles
También unánimemente diputadas y diputados aprobaron la Ley de Talles, que establece que “los comercios y proveedores que vendan u ofrezcan indumentaria como actividad principal deberán tener en existencia todos los talles correspondientes a las medidas antropométricas del género al que se dedican, y dentro del rango de edad en el que se especializan, tomando como parámetro los establecidos por las normas IRAM, de la serie 75300”, y que “las empresas o industrias radicadas en la provincia de La Pampa que se dedican a la comercialización y/o producción de indumentaria deberán confeccionar y/o poner a disposición de los consumidores de esta jurisdicción todos los talles de indumentaria correspondientes al cumplimiento por parte de los comerciantes y proveedores”.
Derogada
Por ley se derogó ayer la Ley 2.775 y se suspendió por el término de dos años, a partir de la fecha de sanción de esta norma, la aplicación del párrafo 2º del artículo 6º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El diputado César Ballari sostuvo que “esta Cámara de Diputados de la Provincia sancionó con fecha 19 de junio del corriente una ley que atiende a los mismos objetivos que la presente. Esta ley buscó suspender los efectos del párrafo 2º del artículo 6º de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 2.574, que ha sido objeto de presentación de recursos de amparo referidos a la posible inconstitucionalidad de esta norma, demorando así los concursos de oposición y antecedentes para los cargos dentro del Poder Judicial provincial que se realizan ante el Consejo de la Magistratura”.