Corresponde a la causa por abuso de autoridad en la doble función que cumplió Savini de controlar las empresas y participar de Edhipsa.
Bajo la imputación de «abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos» piden la elevación a juicio de la causa en la que se encuentra procesado el exgobernador de Río Negro, Miguel Saiz.
La solicitud fue formulada por el fiscal de Viedma Hernán Trejo, en el marco del hecho ocurrido en esta capital a partir del 11 de agosto de 2010.
Esta causa se inició tras la denuncia formulada por la exDefensora del Pueblo de la provincia, Ana Piccinini, quien en mayo de ese año pidió al entonces gobernador Saiz la iniciación de un sumario para evaluar la presunta infracción a la Ley de Ética e Idoneidad en la Función Pública por parte de Gabriel Savini, quien en ese momento era secretario de Estado de Control de Gestión de Empresas Públicas e incurriría en las incompatibilidades previstas en la normativa por desempeñar paralelamente funciones como presidente del directorio de la empresa de Desarrollo Hidrocarburífero Provincial Sociedad Anónima -Edhipsa-. Es decir, por un lado debía controlar las empresas públicas y por el otro formaba parte de la conducción de una de ellas.
Según la resolución judicial ante ese planteo de Piccinini el exgobernador Saiz, en forma ilegal habría rehusado hacer un acto propio de su función, toda vez que mediante una nota del 11 de agosto de 2010 no hizo lugar a la promoción sumarial solicitada por la exDefensora del Pueblo, incumpliendo con la obligación legal impuesta por la Ley provincial 3550.
El fiscal Trejo sostuvo que en base a la valoración de la prueba reunida se desprende que «Saiz no quiso hacer lo que debía ya que era una denuncia debidamente fundada, tratándose de un funcionario de su cartera, conociendo la ilegalidad de su conducta, inobservando la normativa legal aplicable al caso y por ello es dable tener por acreditados los hechos imputados y la autoría responsable del imputado. Los hechos denunciados por la Defensora del Pueblo imponían necesariamente el inicio de una investigación en el marco de lo normado por la ley 3550».
Fundamentó también el fiscal que Saiz en la fecha de los hechos era gobernador de Río Negro y «a pesar de ello, sin impedimento ni justificación alguna, se rehusó a cumplir un acto propio de su función, negándose a la promoción sumarial requerida por la entonces Defensora del Pueblo, incumpliendo la manda legal impuesta por la ley 3550, a pesar de que no tenía otra opción legal que dar la correspondiente intervención al organismo pertinente para su investigación (Fiscalia de Investigaciones Administrativas)».