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Ratifican que hubo sexo entre el juez y la menor

La Cámara confirmó el procesamiento de Bernardi por promoción de la corrupción de menores, pero eliminó la figura más grave de promoción de la prostitución. Antueque, complicado.

Ratifican que hubo sexo entre el juez y la menor

VIEDMA | La Cámara confirmó parcialmente el procesamiento contra el camarista penal suspendido Juan Bernardi. Redujo la calificación legal a la figura de «promoción de la corrupción de menores», eliminó los cargos por «promoción de la prostitución de una menor de edad» y revocó la prisión preventiva, aunque esa medida cautelar ya había sido levantada.

Además el Tribunal subrogante integrado por los camaristas María Luján Ignazi, Gustavo Guerra Labayén y Rolando Gaitán confirmó íntegramente el procesamiento contra Julio César Antueque, el encargado de cuidar la chacra de Bernardi. Respecto de la preventivas de ambos, la Cámara revocó la impuesta a Bernardi, en el marco de lo resuelto en la reciente excarcelación, pero mantuvo la de Antueque, quien tiene antecedentes.

También fueron rechazados los planteos de nulidad de los procesamientos que habían sostenido las defensas de los dos imputados.

Con la evidencia colectada hasta ahora, el Tribunal sostuvo que «se encuentra acreditado con el grado de probabilidad suficiente que la menor C. (entonces de 17 años) tenía relaciones sexuales a cambio de dinero u otros bienes (celulares, zapatillas, etc.), como asimismo que existieron contactos, e inclusive reuniones, entre la nombrada y Bernardi, facilitados e instados por Antueque (apodado «El Chaca»). Ello, unido a las declaraciones de varios testigos respecto de la existencia de relación sexual entre la víctima y Bernardi, se erigen como indicios suficientes, en este estado del proceso -donde sólo se exige la constatación de una eventualidad- para presumir la materialidad de los hechos inicialmente enrostrados a los imputados».

El fallo agregó que «gran parte del complejo probatorio analizado y sopesado para considerar la existencia de indicios suficientes respecto del trato sexual entre Bernardi y la menor víctima sirven de sustento para indicar a Antueque como el sujeto convocante y quien facilitaba las reuniones entre ambos». En ese punto, tuvieron en cuenta los testimonios que ubicaron a Antueque en la chacra y refirieron que invitaba chicas al lugar.

Además rechazaron la nulidad de la defensa planteada contra la cámara Gesell, aunque cuestionaron el informe del psicólogo Walter Bensoni que «no alcanza a constituir una valoración técnica acerca de la credibilidad de la menor, por entonces próxima a cumplir los 18 años, en la medida que pareciera deslizar su visión terapéutica».

Aportó «un escalón en la corrupción»

Para los camaristas de la apelación, según surge del fallo difundido ayer por el Poder Judicial, «no cabe dudas de que los actos ejecutados han constituido un escalón más en la corrupción de la menor, aun cuando se aceptara la tesis de que estaba ya iniciada en el vicio. Indudablemente, la edad de la víctima (17 años) nos aleja de la visión de actos prematuros, pero no quebranta la idea de que, para satisfacer su apetencia sexual con la menor, el imputado le ofreció compensación económica, reafirmando en ella no sólo la idea ya establecida de que la relación sexual puede ser materia de intercambio de bienes (como dinero o droga), sino logrando destruir su presunta resistencia inicial».

No obstante, el fallo de apelación descartó el delito de «promoción de la prostitución» que se endilgaba a Bernardi -figura no excarcelable que se castiga con cuatro a seis años de prisión- porque consideraron que de la apelada resolución del juez de instrucción Fabio Igoldi «no surge cómo Bernardi ha podido tener una conducta activa en la entrega indeterminada y de manera habitual de la menor». Por eso redujeron los cargos al delito de corrupción de menores «sin agravante alguno», manteniendo la figura básica que el artículo 125 del Código Penal reprime con penas de tres a diez años de prisión.

 

Fuente: Diario Río Negro
Foto: Marcelo Ochoa

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