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Una lista del PJ fue impugnada y presentó apelación

Una lista del PJ fue impugnada y presentó apelaciónCATRIEL | Una de las 3 listas que confrontarán en la interna cerrada del Partido Justicialista este domingo, fue impugnada. Es la que encabeza Paola Bonomo, quien, a través de un letrado presentó la apelación que transcribimos a continuación:
Expte.: 11/2015
Caratula: “Elecciones Internas del 1 de marzo de 2015/Catriel: Agrupación Azul Celeste y Blanco”
INTERPONE DESCARGO – REVOCATORIA Y APELACION EN SUBSIDIO.-

Señores Integrantes de la Junta Electoral Provincial del Partido Justicialista Distrito Río Negro:

NESTOR JULIAN MEYRELES, DNI: 36.497.507, con domicilio real en Guatemala y Las Heras esc. 6, 2do Piso dpto. B de la ciudad de Viedma, con el patrocinio letrado del Dr. Martín A. Pezzetta y constituyendo domicilio legal en el mencionado con anterioridad, me presento ante Uds. y digo:

I.-OBJETO:
Que vengo a deducir DESCARGO EN RECHAZO A LA RESOLUCION DE LA JUNTA ELECTORAL de fecha 21 de Febrero de 2015, en virtud de la cual se decide no oficializar la lista de Candidatos presentada “Agrupación Azul, Celeste y Blanco”, que lleva como candidata a la legisladora por el PJ de la ciudad de Catriel, Paola Bonomo.-

II.-RECHAZO – FUNDAMENTOS:
La resolución que rechazamos se funda en sus considerando argumentando que La Agrupación Azul, Celeste y Blanco:
1) No ha presentado la cantidad de avales mínimos requeridos…
2) No ha respetado los plazos estipulados en el cronograma electoral debidamente publicado…
3) Y no ha entregado las planillas de avales, aceptación de cargos y declaraciones juradas con las formalizadas exigidas por la JEP…

Por ultimo entiende dicha resolución que las omisiones y faltantes indicados son un “ VICIO DE FORMA ” que trae como única e indefectible consecuencia la imposibilidad de oficializar la lista de candidatos en atención a las irregularidades en que ha incurrido.-
Esta última es la barrabasada jurídica que deja sin argumento la resolución, ya que nunca un defecto de forma puede conllevar tal sanción, máxima reconocida por toda la jurisprudencia de la Nación Argentina y que transcripta como argumento ofende al lector y mas a todo compañero que se precie de tal.-

Ahora bien, esta agrupación entiende que:
1) No es cierto que no se hallan acompañados los avales mínimos requeridos a los efectos de oficializar la candidatura ya que es de público conocimiento y contamos con documentación que así lo indica que se cumplió con tal requisito.
Tal es así que compañeros que integran la JEP y otros que conformaron el congreso realizado en la ciudad del Bolson, el pasado sábado, indicaron que estaba cumplido el requisito de los avales con respecto a la agrupación “Azul Celeste y Blanca”.-

Por otro lado, y también es de publico conocimiento, que los avales acompañados por las otras listan no superan en esencia la cantidad de avales que se le exige a la lista de la cual soy apoderado.-

Por ultimo, esta agrupación pudo tomar conocimiento de boca de la presidenta del PEJ que existen contraposición de avales, entre las listas, lo cual puede indicar lamentablemente la comisión de algún tipo de delito como puede ser la falsificación material o ideológica de alguno de los avales presentados, por lo que al estar esta agrupación seguros de la autenticidad de los avales presentados, a la brevedad, de confirmarse la no oficialización bajo los argumentos vertidos y los que no constan pero que son conocidos por todos lo compañeros, se realizara la denuncia penal correspondiente solicitando al juzgado penal de instrucción en turno el secuestro de la documentación que se presumiría apócrifa.-

2) y 3) Con respecto a estos dos vicios de forma denunciados por la PEJ, esta agrupación entiende que tampoco es cierto que no se hayan cumplido con los plazos o con las formas de las planillas y demás documentación exigidos en su presentación, siempre esta lista estuvo en contacto telefónico con el PEJ, quien es mas le indicaba hasta cuando se tenia tiempo para acompañar tal o cual documento, exhibiéndose entre los interlocutores un total compañerismo como lo exige la causa justicialista.-

Ahora bien, aun existentes dichos vicios formales, lo que en ningún caso es cierto es que dichos vicios traigan aparejado la no oficialización de lista en cuestión. Que queremos decir con esto, y entiendo que la PEJ lo sabe, los defectos de forma pueden traer aparejado la nulidad del acto si dicha sanción lo prevé expresamente la norma, lo que no se da en el caso de los puntos 1) 2) y 3) por lo que de existir, tales defectos de forma, la PEJ debió intimar a su subsanación, de no hacerlo o no existir tiempo para ello, al recepcionar tal documentación se convalido la misma y se corrigió el defecto de forma.-

Esta agrupación entiende que el PEJ sabe de los argumentos que se expresan para rechazar la resolución de fecha 21/02/2015 en la presente, y entiende que los vicios de forma enunciados no pueden en ningún caso acarrear la nulidad o inexistencia de la presentación de la lista, ya que la forma no es por la forma misma, sino que debe su existencia, a que se permita a todos los compañeros participar en las elecciones con las mismas reglas de presentación, y en el caso fueron dadas y cumplidas.

Hoy por la etapa procesal en la que estamos, no se pueden invalidar y se encuentran precluidas las instancias iniciales donde se podrían haber hecho valer tales defectos de forma, por lo que esta agrupación entiende que se debe revocar la resolución impugnada y OFICIALIZAR LA LISTA AZUL, CELESTE Y BLANCA.-

II.- PETITORIO:
1.- Se nos tenga por presentados, parte y por constituido el domicilio legal indicado.
2.- Se tenga por impugnada RESOLUCION DEL 21/02/2015 en virtud de la cual se decide no oficializar la lista Azul, Celeste y Blanco de la ciudad de Catriel.
3. Luego de los tramites de ley OFICIALICE LA LISTA AZUL, CELESTE Y BLANCO DE LA CIUDAD DE CATRIE, PAOLA BONOMO “INTENDENTE”.-

 

Gentileza Rubén Larrondo

 

 

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